El Poder Ejecutivo, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 20 y 23 de la Ley 27.743, dicta el Decreto 864/2024 por medio del cual prorroga las fechas del Régimen de Regularización de Activos previsto en el Título II. La medida responde a lo solicitado por nuestro Consejo Profesional, mediante la Nota S24002643 del pasado 17 de septiembre, y entidades financieras.
El nuevo cronograma quedaría de la siguiente manera:
Etapa | Período para realizar la manifestación de adhesión (artículo 21) y el pago adelantado obligatorio (artículo 30) | Fecha límite de la presentación de la declaración jurada (artículo 22) y del pago del impuesto de regularización (artículo 29) |
1 | Desde el 1/10/2024 y hasta el 31/10/2024, inclusive | 30/11/2024, inclusive |
2 | Desde el 1/11/2024 y hasta el 31/01/2025, ambas fechas inclusive | 28/02/2025, inclusive |
3 | Desde el 1/02/2025 y hasta el 30/04/2025, ambas fechas inclusive | 30/05/2025, inclusive |
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