“Carta de Porte Electrónica - Derivados Granarios”: se posterga la aplicación obligatoria
12/04/2023
Tras nuestras gestiones realizadas el 28 de febrero, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), junto con el Ministerio de transporte y el Ministerio de Economía, publicó laResolución General Conjunta Nº 5344/2023mediante la cual se posterga la aplicación obligatoria de la “Carta de Porte Electrónica - Derivados Granarios” para respaldar el traslado y/o entrega de determinados derivados granarios hasta el 2 de junio de 2023.
De esta forma, únicamente se aplicará de manera obligatoria a partir del 1º de marzo de 2023 para aquellos derivados granarios que venían emitiéndola regularmente, a saber: Girasol Quebrado - Partido (152), Maíz Quebrado - Partido (187), Soja Desactivada (218), Soja Quebrada - Partida (219), Soja Tostada (220), Sojilla (221) Y Trigo Quebrado - Partido (226) Y Triguillo (227).