Pedimos prorrogar la aplicación de la Carta de Porte Electrónica Derivados Granarios

28/02/2023

Realizamos una presentación ante la AFIP, solicitando que se extienda el plazo de la aplicación obligatoria de la Carta de Porte Electrónica Derivados Granarios - CPEDG, dispuesta por la RG 5235/2022, cuya entrada en vigencia rige desde el 1/3/2023. 

La presente gestión surge por los reportes recibidos de colegas debido a demoras que se están presentando para el alta de los sujetos obligados en el RUCA
(Registro Único de la Cadena Agroalimentaria) con estado de matrícula habilitado, condición que exige la citada resolución como requisito previo a su emisión.

La Carta de Porte constituye un documento de traslado y la propia norma establece la prohibición de tránsito y/o descarga para quienes no la tramiten. También resulta pasible de la sanción prevista en el artículo 40 de la Ley de Procedimiento Fiscal Nº 11.683 que contempla el decomiso de la mercadería, previo secuestro o interdicción según corresponda.

Atento a las dificultades expuestas, y la gravedad de las sanciones previstas, es que solicitamos se tenga a bien otorgar una extensión de plazo en la aplicación obligatoria de la Carta de Porte Electrónica Derivados Granarios.

A continuación, la nota para descargar.