A partir de nuestra gestión, la AFIP oficializó la Feria Fiscal de Verano
25/11/2019
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que los vencimientos impositivos comprendidos entre la última semana de enero de 2020 y la primera de febrero del mismo año se considerarán cumplidos en término siempre que se presenten las declaraciones juradas hasta el día 14 de febrero de 2020, inclusive. Esta medida fue reglamentada mediante la resolución general 4637 publicada hoy en el Boletín Oficial.
Con el objetivo de alivianar la tarea de los profesionales en Ciencias Económicas, a partir de la extensión de la Feria Fiscal, entre los días 27 de enero y 7 de febrero no habrá vencimientos para la presentación y pago de declaraciones juradas determinativas ni declaraciones juradas informativas durante ese lapso de tiempo.
Cabe recordar que se mantiene la suspensión de plazos procedimentales para el mes de enero de cada año dispuesto por la resolución general 1983 de la AFIP.
En tanto, los vencimientos de los aportes para trabajadores autónomos quedan de la siguiente manera: