Las administraciones fiscales en todo el mundo tienen como uno de sus principales retos la falta de información específica y completa sobre las estrategias de planeamiento fiscal de los contribuyentes. La obtención oportuna de esta información contribuye a perfeccionar sus actividades de fiscalización y control de las obligaciones, e incluso lo hace para identificar e impulsar cambios en la legislación aplicable en tanto se tengan en consideración las complejidades del tema.
Precisamente en esa dirección se proyectó la Acción 12 del programa Base Erosion and Profit Shifting (BEPS), promovido por la OCDE y actualmente en fase de implementación en varios países. A través de ella se recomendó a las administraciones fiscales el diseño de sistemas y marcos legales a efectos de exigir a los contribuyentes que revelen sus mecanismos de planificación agresiva.
En línea con esta tendencia mundial, la Argentina implementó su propio régimen de información de planificaciones fiscales mediante la Resolución General (AFIP) 4838, publicada en el Boletín Oficial el 20/10/2020. Por lo tanto, se habilitó unos meses más tarde -aunque parcialmente- en el sitio web de la AFIP el servicio denominado “Régimen IPF”. A través de este los contribuyentes y asesores fiscales deben informar sus planificaciones reportables.
Si bien la norma parece tomar como referencia regímenes similares de otras jurisdicciones (ej.: Unión Europea, México), ha comenzado a advertirse en la práctica que el fisco le está dando a este régimen un enfoque que tal vez se aparte de la práctica internacional.
Tax Partner – International Tax and Transaction Services – EY Argentina
Senior Manager - International Tax and Transaction Services – EY Argentina