Registro de Alquileres RELI: aclaraciones de la AFIP sobre nuestras observaciones

30/03/2021

La Subdirectora General de Servicios al Contribuyente de AFIP, Patricia Vaca Narvaja, respondió a las observaciones que elevamos el pasado 22 de marzo sobre el servicio Web "Régimen de registración de Contratos de Locación de Inmuebles" (RELI) dispuesto en la RG 4933.

Uno de los inconvenientes que oportunamente planteamos refería a que el RELI no permite habilitar la carga de más de un domicilio y tampoco está contemplada la múltiple titularidad para el caso de Condominios

Sobre este punto, desde el organismo se respondió: 

No está prevista actualmente la funcionalidad de registrar más de un inmueble por contrato de locación. La registración de estas operaciones se debe efectuar por cada inmueble, adjuntando siempre el mismo contrato y consignando. Se diseñará una funcionalidad para la carga de múltiples inmuebles involucrados en un único contrato de locación, siempre que la afectación o destino dado a los mismos sea idéntica.

En caso de que no pueda apropiarse el valor de la locación a cada inmueble involucrado, a aquél de mayor superficie. Para el resto de inmuebles deberá consignarse el valor “1” (PESOS: Uno $ 1.-) en el campo “monto inicial pactado”.

Respecto a los condominios el sistema “RELI” prevé adecuadamente esta situación, dado que se pueden incorporar “n” titulares de inmuebles hasta completar el 100% del dominio del mismo, en consecuencia no se verifica  lo reportado por esa entidad en este último punto.

Para acceder a todas las observaciones efectuadas por el Consejo y las aclaraciones de AFIP, descargá la nota que está a continuación