Sugerimos procedimientos para la imputación de las Percepciones de Bienes Personales
16/06/2021
Elevamos a la AFIP una nota referida a la imputación de las percepciones efectuadas bajo la RG 4815. En el Consejo tomamos conocimiento que muchos monotributistas, que no son contribuyentes del Impuesto a las Ganancias, sufrieron percepciones imputadas sobre este impuesto, en tanto que las mismas debían haber sido realizadas sobre Bienes Personales.
Esto representa un perjuicio para los monotributistas responsables de BBPP, que podrían computar como pago a cuenta las percepciones sufridas.
En la práctica, la aplicación “Bienes Personales Web” no permite importar percepciones que no corresponden al impuesto identificado con el código 219 (Bienes Personales), por lo que para poder solucionar este inconveniente, desde el Consejo elevamos 3 procedimientos para subsanar esta situación.
Una de las alternativas propuestas y deseamos que se habilite es la de permitir la carga manual en Bienes Personales modificando el número de régimen para pasar las percepciones de Ganancias a Bienes Personales.