Tras nuestro reclamo, la AFIP prorrogó los vencimientos de Ganancias y Bienes Personales
24/07/2020
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó los vencimientos para presentar y pagar las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias (incluyendo el impuesto cedular) y Bienes Personales.
A través de la resolución general 4768, publicada este viernes en el Boletín Oficial, el fisco nacional definió el siguiente cronograma:
Terminación CUIT
Fecha presentación
Fecha de pago
0, 1, 2 y 3
10/08/2020 (inclusive)
11/08/2020 (inclusive)
4, 5 y 6
11/08/2020 (inclusive)
12/08/2020 (inclusive)
7, 8 y 9
12/08/2020 (inclusive)
13/08/2020 (inclusive)
En cuanto al impuesto cedular, el organismo de recaudación fijó el siguiente cronograma:
Terminación CUIT
Fecha presentación y pago
0, 1, 2 y 3
11/08/2020 (inclusive)
4, 5 y 6
12/08/2020 (inclusive)
7, 8 y 9
13/08/2020 (inclusive)
Esta prórroga es el resultado de las gestiones realizadas por nuestra Institución a través de las notas presentadas y del diálogo permanente que mantenemos con el organismo, haciéndose eco de los justos pedidos de las matriculadas y los matriculados.
Vale recordar, además, que nuestro Consejo presentó un amparo ante la Justicia donde se solicitó que la AFIP “prorrogue el vencimiento de la presentación y el pago de las declaraciones juradas determinativas del Impuesto a las Ganancias -incluyendo el impuesto cedular- y del Impuesto sobre los Bienes Personales del período fiscal 2019 de las personas jurídicas y de las personas humanas”.
Esto “hasta tanto en el marco de la pandemia global COVID-19 los contadores y las contadoras puedan ejercer plenamente en términos legales su profesión lo cual quedaría configurado después de transcurridos 60 días desde la reanudación formal de sus actividades profesionales”.