La AFIP fijó el procedimiento para acceder a los beneficios previsionales

09/04/2020

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) creó el servicio Web “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP", a efectos de acceder a los beneficios dispuestos por el decreto 332/20. Esta novedad se enmarca tras múltiples gestiones realizadas por nuestro Consejo a las autoridades del organismo de recaudación.

En relación con el nuevo servicio, los contribuyentes interesados deberán registrarse entre los días 9 y 15 de abril y suministrar la información económica relativa a sus actividades entre los días 13 y 15 del citado mes. Los datos consignados no obstan a los que pudieran solicitarse para acceder al “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción. REPRO”.

Los sujetos cuya actividad principal se encuentre incluida en el listado de actividades publicado en el sitio “Web” de la AFIP y hayan cumplido con la obligación de registración serán caracterizados en el “Sistema Registral” con el código “460 - Beneficio Dto. 332/202 y gozarán de la postergación del vencimiento para el pago de las contribuciones patronales al SIPA del período devengado marzo de 2020, debiendo realizarlo en las siguientes fechas:


TERMINACIÓN CUIT
FECHA
0 – 1 – 2 - 3
16/06/2020
4 -5- 6
17/06/2020
7 -8 -9
18/06/2020

Asimismo, y con la finalidad de instrumentar debidamente los beneficios del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – REPRO, se prorroga el vencimiento general de presentación y pago de la declaración jurada determinativa de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social correspondiente al período 03/2020:  

TERMINACIÓN CUIT
FECHA
0 – 1 – 2 - 3
16/04/2020
4 -5- 6
17/04/2020
7 -8 -9
20/04/2020