Bienes Personales: la AFIP publicó las valuaciones
26/09/2018
Fecha original de la publicación: 13/04/2018 Por migración hacia un nuevo sitio Web, la fecha se modificó recientemente por defecto
En respuesta a nuestra nota del día miércoles 11, la AFIP publicó en el día de la fecha –si bien aún sin número de resolución- las valuaciones computables y otras informaciones complementarias necesarias para la correcta liquidación correspondiente al Impuesto sobre los Bienes Personales del período fiscal 2017. El martes 17 de abril se reglamentó bajo la Resolución General 4229/2018.
En el micrositio "Ganancias y Bienes Personales” están publicados los valores mínimos computables establecidos para: • Bienes automotores, camiones, vehículos de transporte de pasajeros y motovehículos (motocicletas y motos); • Cotizaciones al 31 de diciembre de 2017 de las monedas extranjeras; • Cotizaciones al 31 de diciembre de 2017 de los títulos valores y sus cupones impagos y de las cuotas parte de los fondos comunes de inversión
También allí se encuentran otros datos relevantes para efectuar la liquidación del mencionado impuesto: • El detalle de formato de catastro correspondiente a las distintas jurisdicciones del país. • Las denominaciones de las entidades financieras con su correspondiente Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).