Cronograma de AtenciónInformamos que el Consejo permanecerá cerrado los días 24 y 25/12, retornando a su actividad habitual el viernes 26. Por otra parte, no prestará servicios los días 31/12 y 1/1, reanudando su atención el 2/1
Decreto 2724/02 - Título II - Clínicas y Sanatorios - Obligaciones Previsionales
Descripción
El mismo permite la liquidación de un plan de facilidades de pago propuesto por el contribuyente, de acuerdo con las premisas establecidas en el Dto. 2724/02. A través del mismo puede:
Liquidar un plan de facilidades de pago.
Generar la Declaración Jurada en papel (Formulario 859) y disquete, que será validado y capturado a través de los distintos medios habilitados por la AFIP.
Nota: OBLIGACIONES CON VENCIMIENTO ENTRE EL 01/01/03 Y EL 30/06/03.