Comprenden las consultas médicas efectuadas por el socio, ya sea en consultorio o domicilio, de cualquier especialidad reconocida por el Ministerio de Salud y Acción Social con profesionales que no figuren en el plantel de SIMECO.
Existen 2 topes para este rubro:
Tope Anual
Representa la cantidad máxima de reintegros por consultas y/o visitas que cada grupo familiar puede realizar en el término de un año calendario.
Grupos de Personas | Cantidad de Consultas |
---|---|
1 persona | 12 consultas |
2 personas | 20 consultas |
3 personas | 26 consultas |
4 personas | 30 consultas |
5 personas | 34 consultas |
más de 5 personas | 38 consultas |
Tope por Consulta
SIMECO establece el monto máximo que se reintegrará por cada consulta ambulatoria o domiciliaria.
Todo reintegro puede ser acreditado en la cuenta corriente del SIMECO.
Requisitos
El Asociado debe presentar:
• Credencial del Asociado atendido.
• Recibo o Factura de Pago que contenga:
• Nombre del Socio atendido.
• Fecha de la Prestación.
• Diagnóstico o motivo de la visita médica.
• Firma del Médico.
• Sello aclaratorio, en caso de no estar impreso en el recibo o factura, en ambos casos debe estar especificado el número de matrícula del profesional.
El recibo o factura deberá cumplir con las exigencias legales y fiscales vigentes a la fecha de la prestación.
No se abonarán reintegros por consultas realizadas por profesionales a pacientes internados.
Simeco