Reiteramos la solicitud de reprogramar vencimientos de IIGG-BBPP 2023 y 4ª. Cat Liquidación anual

19/07/2024

Desde nuestro Consejo realizamos una presentación ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Subsecretaría de Ingresos Públicos, que depende del Ministerio de Economía, para reiterar la solicitud de prorrogar las liquidaciones del Impuesto a las Ganancias – 4ª Categoría Relación de Dependencia y las Declaraciones Juradas anuales de Ganancias Personas Humanas y Bienes Personales- Período Fiscal 2023.

En el caso del IIGG-4ª Categoría, se envío una nota el pasado 10 de junio que pedía la reprogramación del vencimiento de las DDJJ informativas, que fue otorgada mediante la Resolución General AFIP 5514/2024 que contempla una reprogramación para fines de septiembre, lo que implica para el agente de retención la obligación de practicar esta liquidación hasta el 31 de julio

Sin embargo, el 15 de julio se publicó una nueva versión del formulario F.1357 (V.9.5) que requiere la adaptación de los sistemas, sumado a la liquidación de los sueldos devengados en el mes de julio. A tal fin resulta necesario contar con la normativa reglamentaria de la Ley 27.743 de “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes” aún no publicada.

Por el lado de las DDJJ anuales de Ganancias Personas Humanas y BBPP-Período Fiscal 2023, según lo dispuesto por la Resolución General AFIP 5516/2024 los vencimientos generales operan a partir del 26 de agosto. A pesar de ello, no se ha puesto a disposición la aplicación web necesaria para efectuar la presentación de las respectivas declaraciones juradas y los tiempos que implican el análisis, liquidación y carga de la información resultan insuficientes.

Es por eso que volvemos a insistir en el pedido que realizamos el 4 de julio, para que se conceda un plazo que contemple la publicación de la normativa, la disponibilidad de los servicios web y un tiempo razonable para efectuar liquidación y la carga de los datos.