Publicado el 20/03/18

La ley penal más benigna y el régimen penal tributario

Como se sabe, la Ley 27.430 de Reforma Tributaria dispuso ajustar los montos a partir de los cuales resultarán punibles algunas de las conductas consideradas como delitos, lo cual plantea el tema de la aplicación del principio de la ley penal más benigna.

Esta situación ya se planteó con anterioridad al sancionarse la Ley 26.735, lo cual dio origen a un largo debate jurisprudencial, que terminó con la decisión de la aplicación de la ley penal más benigna.

Sin embargo, la resolución 18/18 de la Procuración General, sostiene un criterio opuesto al cual se ha adherido la AFIP.

Este Consejo ha solicitado un dictamen profesional, que se adjunta, a nuestro asesor Francisco D’albora, que hacemos nuestro, no compartiendo el criterio sentado en la resolución 18/18 de la Procuración General 18/18.

Para acceder al dictamen completo, ingresá aquí.

 

 

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