Publicado el 12/12/17

Vencimiento de la tasa anual 2017

A través de la Resolución (MJDH) 967-7/2017 se fija el 19 de diciembre de este año como fecha de vencimiento para el pago de la tasa anual de la IGJ aplicable a las sociedades accionarias y de garantía recíproca.

 

Vencida dicha fecha y no cumplido con el respectivo pago, será aplicable una multa que resulta equivalente a una vez y media la tasa de interés mensual que utiliza el Banco Nación Argentina en sus operaciones de descuento para documentos comerciales, sobre los importes omitidos (conforme al art. 7 Decisión Administrativa de IGJ 46/2001.)

 

Normativa Tasa IGJ

 

 

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