Publicado el 02/05/17

Régimen de determinación de Anticipos del Impuesto a las Ganancias: Nota a la AFIP

Nuestro Consejo envió a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) una nota (N° S17001517) firmada por la Dra. Graciela Núñez, secretaria de nuestra Institución, con relación a la reciente publicación de la Resolución General 4034-E que establece un régimen opcional de determinación e ingreso de los anticipos del Impuesto a las Ganancias.

Al respecto pedimos al organismo que -teniendo en cuenta que el mundo de los negocios es muy cambiante y que los contribuyentes obtienen información del mercado para modificar sus proyecciones de resultados y que también pueden ocurrir hechos inesperados (rescisiones de contratos, siniestros, demandas, etc.) que puedan justificar una nueva solicitud de reducción de anticipos- considere fijar una disminución del plazo de 180 días para realizar una nueva solicitud de reducción.

También se le sugirió al administrador federal Alberto Abad que se requiera de una certificación de Contador Público en la solicitud de información complementaria para justificar la reducción (requisito que se suprimió del texto anterior).

 

Impuesto a las Ganancias

 

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