Publicado el 08/05/17

Importante: reemplazo en la obligación de exhibición formulario 960/NM - Data Fiscal por formulario 960/D - RG (AFIP) 4042-E

A partir del día de hoy (08/05/2017) los contribuyentes que realicen operaciones de ventas de bienes o locaciones o prestaciones de servicios con consumidores finales, alcanzados por la obligación de aceptar tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios de pago equivalentes, deberán exhibir el formulario 960/D - Data Fiscal, en reemplazo del formulario 960/NM. El nuevo formulario contará además de los datos identificatorios del contribuyente, las formas de pago aceptadas y el código de respuesta rápida (QR).

 

Para los restantes sujetos será aplicable en el momento de incorporación obligatoria al calendario previsto para la aceptación de medios de pago establecido por la RG (AFIP) 3997-E.

 

AFIP

 

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