Publicado el 28/04/16

Legalizaciones sin cargo: reempadronamiento de entidades de bien público

Ya se encuentra disponible el reempadronamiento de entidades de bien público que actualmente están haciendo uso del beneficio. Para esto será necesario completar y adjuntar los requerimientos solicitados en el formulario de adhesión.

Una vez finalizado y aprobado el trámite, se le asignará un número a la entidad, que deberá informar en el sector al realizar el trámite de legalización.

Recordá que este beneficio autoriza la legalización de hasta diez estados contables del ejercicio económico anual y hasta tres instrumentos complementarios por año calendario, siempre que los aranceles de legalización de las entidades que requieran el beneficio no superen el tramo tercero de la escala de aranceles vigente, hoy de un millón de pesos. Las entidades de bien público que presenten estados contables que superen este importe y se encuentren exentas del impuesto a las Ganancias tendrán una bonificación equivalente al tercer tramo de la escala de aranceles de aquel que les corresponda, debiendo abonar el excedente.

 

"Todas las entidades deben realizar el alta por la web indistintamente de encontrarse registradas en el régimen anterior. El trámite se realiza por única vez y solo renovará las exenciones cuando corresponda. Su número de orden siempre será el mismo".

Para acceder al formulario de adhesión/reempadronamiento, hacé clic aquí.


Si tenés tus consultas para hacer, escribí a: legalizaciones_sincargo@consejocaba.org.ar

 

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