Los profesionales podrán acceder a los beneficios de cancelar trimestralmente el IVA y obtener el certificado de exclusión de los regímenes de retención, percepción y /o pago a cuenta del citado gravamen (RG N° 3878 - 16/05/2016).
De las personas humanas correspondientes al sector servicios por su actividad, solo estarán alcanzadas por los beneficios aquellas cuyas ventas totales anuales expresadas en pesos sean inferiores o iguales al límite establecido para la categoría Micro Empresa ($2.500.000).
RG 3878