Publicado el 31/03/15

Prórroga del Régimen de Exteriorización Voluntaria de Moneda Extranjera

Por razones operativas y con la finalidad de permitir que una mayor cantidad de sujetos interesados puedan exteriorizar sus tenencias en moneda extranjera y acogerse a los beneficios dispuestos en la Ley Nº 26.860, por medio del Decreto 471/2015, se ha prorrogado por tres meses calendario a partir del 01/04/2015, los plazos previstos para adherir al régimen dispuesto en la citada norma.

Se recuerda que por medio del mencionado régimen, las personas físicas, sucesiones indivisas y los sujetos comprendidos en el artículo 49 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, inscriptos o no, pueden exteriorizar voluntariamente la tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior.

 

 

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