Publicado el 30/11/12

Subsidio por edad avanzada: extensión de alcance
y aumento del tope

Las autoridades del Consejo, a través

de la Resolución de Consejo Directivo CD-105, aprobaron modificar el alcance del subsidio por Edad Avanzada, haciéndolo extensivo a una mayor población de matriculados, continuando así con medidas de similares características aprobadas anteriormente.

 


El cuadro de las condiciones de edad y cantidad de años de antigüedad en la matricula, necesarios para acceder al subsidio es el siguiente:

 


- 67 años de edad y 42 años de matricula vigente;
- 68 años de edad y 41 años de matricula vigente;
- 69 años de edad y 40 años de matricula vigente;
- 70 años de edad y 39 años de matricula vigente;
- 71 años de edad y 38 años de matricula vigente;
- 72 años de edad y 37 años de matricula vigente;
- 73 años de edad y 36 años de matricula vigente;
- 74 años de edad y 35 años de matricula vigente.

 

Asimismo, se elevó a partir del 01/01/2013 de $ 3.000 a $ 4.000.- el tope correspondiente a este subsidio.


Recordamos que este subsidio tiene como objetivo complementar el ingreso del matriculado beneficiario del Sistema Nacional de Previsión social. El importe del subsidio mensual será igual a la diferencia entre el tope establecido y el ingreso mensual promedio que surja de la declaración jurada presentada por el matriculado.

 

Aquellos matriculados que sean beneficiarios del Sistema Nacional de Previsión Social en razón de su discapacidad o invalidez, tendrán derecho al subsidio sin que se les exija la condición de la edad mínima (Situaciones Especiales).

 

 

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