Publicado el 09/05/12

Registro de Empleadores

De acuerdo con la Resolución Nº 2497/SSTR/2011, el plazo de carga para el reempadronamiento vence el 31 de mayo de 2012.

 

Los empleadores que no hayan realizado el empadronamiento correspondiente no podrán rubricar libros laborales. Dicho empadronamiento es obligatorio y su incumplimiento es causa de rechazo de los trámites de rúbricas.

 

Para acceder al instructivo, haga click aquí.

Para realizar el registro, haga click aquí.

 

 

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