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Sociedades no comerciales

 

Requisitos para la iniciación del trámite de inscripción en el Registro de Sociedades Civiles de profesionales universitarios (Ley 20.488 Arts. 5° y 6° y Res. CD. 138/05)

1) Cumplimentar el trámite en forma PERSONAL, debiendo presentarse todos los integrantes en el momento del inicio.

 

a) Profesionales en Ciencias Económicas, deberán:

I) Poseer matrícula vigente y no tener sanción interdisciplinaria vigente alguna.
II) Hallarse al día con el pago del DEP.
III) Exhibir documento de identidad o carné profesional
IV) Las Sociedades que acrediten fehacientemente encontrarse inscriptas originariamente en algún otro Consejo Profesional en Ciencias Económicas del país y deseen inscribirse en alguno de los Registros de Asociaciones de Graduados en Ciencias Económicas e Interdisciplinarias deberán contar entre sus asociados con al menos dos profesionales en Ciencias Económicas matriculados en este Consejo Profesional, debiendo los mismos estar al día con el pago del Derecho de Ejercicio Profesional y sin sanciones disciplinarias vigentes. El resto de los socios que no cuente con una matrícula activa en este Consejo deberá presentar un certificado de libre deuda y sanción correspondiente a la matriculación en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas respectivo de su jurisdicción. Con respecto a la denominación de estas Sociedades o Asociaciones, las mismas podrán inscribirse en este registro con la denominación tal como figura en el Consejo Profesional de origen, siempre y cuando dicha denominación no vulnere los principios enumerados en el artículo 7° del Reglamento vigente y no induzca a error respecto de una Asociación Profesional ya inscripta en este Consejo.

 

b) Profesionales de otras disciplinas, deberán presentar:

I) una fotocopia reducida anverso y reverso del diploma
II) certificado emitido por la Institución que regule su profesión (si correspondiese) (*)
III) copia de su carné profesional, si lo tuviere
IV) documento de identidad y fotocopia.
V) la certificación de su firma ante Escribano Público (**) o ante el Colegio y/o el Consejo que los agrupe (si correspondiere).

(*) Ejemplo: Abogados, Sociólogos, Ingenieros
(**) La certificación de firma por Escribano se realiza sobre cualquier instrumento firmado por el interesado. En este caso, podría ser una nota de presentación firmada por el profesional en cuestión.

 

2) La denominación deberá adecuarse a lo establecido por el Art. 7 de la Reglamentación vigente.

3) El domicilio a registrar deberá ser en C.A.B.A.

4) Abonar la Tasa de Inscripción de $2500 (a partir del 01/07/18).

Nota: En caso de requerir que figure en la denominación la sigla identificatoria de las Sociedades Civiles, deberán presentar una fotocopia del contrato social, legalizado en original.

El trámite se realiza en la Oficina de Matrículas, de Lunes a Viernes en el horario de 9 a 18:30 hs

 

Sociedades comerciales y entidades cooperativas

Requisitos para la Iniciación del Trámite de Inscripción en los Registros de Sociedades Comerciales de Graduados en Ciencias Económicas y de Sociedades Comerciales Interdisciplinarias y de Entidades Cooperativas de Graduados en Ciencias Economicas y de Cooperativas Interdisciplinarias (Arts. 5° y 6° de la Ley 20.488 - Res. CD. 138/05 y sus modificaciones) (Scol., SRL, SA o Coop. Ltda. Según corresponda)

1) Cumplimentar el trámite en forma PERSONAL uno de sus Socios Gerentes munido de:
• Documento de identidad o carné profesional
• Copia autenticada del Contrato Social, inscripto en la I.G.J. o en el INAES.
• Abonar la Tasa de Inscripción de $2500 (a partir del 01/07/18).
• Retirar el folio en el que todos los socios integrantes deberán firmar, el que deberá ser devuelto a efectos de proseguir con el trámite requerido.

 

a) Los Profesionales en Ciencias Económicas que la integran , deberán:

I) Poseer matrícula vigente
II) Hallarse al día con el pago del DEP.
III) Exhibir documento de identidad o carné profesional
IV) Las Sociedades que acrediten fehacientemente encontrarse inscriptas originariamente en algún otro Consejo Profesional en Ciencias Económicas del país y deseen inscribirse en alguno de los Registros de Asociaciones de Graduados en Ciencias Económicas e Interdisciplinarias deberán contar entre sus asociados con al menos dos profesionales en Ciencias Económicas matriculados en este Consejo Profesional, debiendo los mismos estar al día con el pago del Derecho de Ejercicio Profesional y sin sanciones disciplinarias vigentes. El resto de los socios que no cuente con una matrícula activa en este Consejo deberá presentar un certificado de libre deuda y sanción correspondiente a la matriculación en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas respectivo de su jurisdicción. Con respecto a la denominación de estas Sociedades o Asociaciones, las mismas podrán inscribirse en este registro con la denominación tal como figura en el Consejo Profesional de origen, siempre y cuando dicha denominación no vulnere los principios enumerados en el artículo 7° del Reglamento vigente y no induzca a error respecto de una Asociación Profesional ya inscripta en este Consejo.

b) Profesionales de otras disciplinas, deberán presentar:

I) una fotocopia reducida anverso y reverso del diploma
II) certificado emitido por la Institución que regule su profesión (si correspondiese) (*)
III) copia de su carné profesional, si lo tuviere
IV) documento de identidad y fotocopia.
V) la certificación de su firma ante Escribano Público (**) o ante el Colegio y/o el Consejo que los agrupe (si correspondiere).

(*) Ejemplo: Abogados, Sociólogos, Ingenieros
(**) La certificación de firma por Escribano se realiza sobre cualquier instrumento firmado por el interesado. En este caso, podría ser una nota de presentación firmada por el profesional en cuestión.

 

2) Finalmente, ponemos en su conocimiento:

1. Que la denominación deberá adecuarse a lo establecido por el Art. 7 de la Reglamentación vigente.
2. El domicilio a registrar de C.A.B.A., deberá coincidir con la Sede legal denunciada ante la IGJ, debiendo acreditar dicha presentación ante el mencionado Organismo.


3. Si la Sociedad comercial a inscribir fuere continuadora de una Civil con la misma denominación, ésta última deberá ser dada de baja, por lo tanto, de no figurar tal circunstancia en el Estatuto, será necesaria una nota en tal sentido con el consentimiento expreso de todos sus integrantes.

 

El trámite se realiza en la Oficina de Matrículas, de Lunes a Viernes en el horario de 9 a 18:30 hs.

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