Entidades jurídicas de bien público

Las entidades de bien público que cumplan con los requisitos y se encuentren empadronadas, podrán acceder al beneficio que el Consejo pone a disposición sobre los aranceles de Legalizaciones. Para registrarse, es necesario completar y adjuntar los requerimientos solicitados en el formulario de adhesión, ingresando al botón "Registrarse".

Una vez finalizado y aprobado el trámite, se le asignará un número a la entidad que deberá informar en el sector al realizar el trámite de legalización. El trámite se realiza por única vez y solo renovará las exenciones cuando corresponda.

Recordá que este beneficio autoriza la legalización de hasta diez estados contables del ejercicio económico anual y hasta tres instrumentos complementarios por año calendario, siempre que los aranceles de legalización de las entidades que requieran el beneficio no superen el tramo tercero de la escala de aranceles vigente. 

Las entidades de bien público que presenten estados contables que superen el importe mencionado y se encuentren exentas del Impuesto a las Ganancias tendrán una bonificación equivalente al tercer tramo de la escala de aranceles de aquel que les corresponda y, por lo tanto, deberán abonar el excedente.

En el contexto actual de aislamiento social, preventivo y obligatorio solicitamos que, antes de presentar una documentación por el Sistema de Legalizaciones vía web que requiera de la bonificación envíes un email a legalizaciones@consejocaba.org.ar para obtener la confirmación del mismo.