Registro Nacional de Trabajadores y Empleados Agrarios (RENATRE)

Descripción

RENATRE restableció sus funciones como Ente de Derecho Público no estatal el 1º de enero de 2017, luego de que el fallo de la Corte Suprema de Justicia fuera reglamentado por el gobierno nacional a través del decreto Nº 1014/2016.
Tras la restitución de RENATRE, se constituyó nuevamente un directorio conformado por miembros del gremio de los trabajadores rurales  (UATRE) y de las entidades más representativas del sector (CRA, SRA, CONINAGRO, FAA), con presencia estatal a través de los síndicos del Ministerio de Trabajo de la Nación.

Empleadores
Los empleadores deberán registrarse obligatoriamente en el RENATRE. Será considerado empleador toda persona física o jurídica, que directa o indirectamente utilice la capacidad de trabajo de los trabajadores rurales tal como lo establece el art. 4 y 7 de la Ley 25.191.
La única modalidad de registración es on line y lo realiza el empleador a través de su cuenta del Portal RENATRE: https://portal.renatre.org.ar.
El empleador deberá darse el alta como usuario, generarse una clave para poder operar en el portal y luego proceder a registrarse.
La cuenta del empleador está conformada por su CUIT y la clave seleccionada por él.
La clave es una contraseña personal y conocida únicamente por el empleador, por ello es necesario cumplir con ciertas formalidades a fin de garantizar la confidencialidad de la información remitida.
La clave es una contraseña personal y conocida únicamente por el empleador, por ello es necesario cumplir con ciertas formalidades a fin de garantizar la confidencialidad de la información remitida.
Para más información: http://www.renatre.org.ar/empleadores/inscripcion-trabajadores/

Trabajadores

En el RENATRE deben inscribirse obligatoriamente todos los trabajadores Rurales que desempeñen tareas agrarias relacionadas principal y accesoriamente con la actividad rural, en cualquiera de sus especialidades tales como la agrícola, frutihortícola, pecuaria, forestal, avícola o apícola, incluyéndose a los Trabajadores comprendidos en la Ley 22.248 y en la Ley 23.808.
Una vez registrados los trabajadores rurales, obtendrán la Libreta de Trabajo Rural, la cual es de uso obligatorio para todos los trabajadores rurales del país, tal como lo establece la Ley 25191.
Para más información: http://www.renatre.org.ar/trabajadores/inscripcion-del-trabajador/
La Libreta de Trabajo Rural es un documento personal del trabajador, intransferible y probatorio de la relación laboral. En él se vuelca el historial laboral del trabajador rural.
Es de uso obligatorio para todos los trabajadores rurales del país, sean trabajadores permanentes, temporarios, permanentes discontinuos y de temporada, que cumplan tareas en la actividad rural y afines.
La Libreta de Trabajo Rural, en su nuevo formato credencial, contiene información virtual; posee en su anverso un Código QR que permite al trabajador acceder al contenido de su LTR (datos personales, laborales, historial laboral, derechos y obligaciones de la Ley 25.191), como también el ingreso al Portal RENATRE.
La Libreta de Trabajo contiene un Código Único (C.U), que es personal e irrepetible, comprende el legajo del trabajador en RENATRE y lo relaciona al trabajador con su LTR.
Previo al inicio de la relación laboral, el empleador deberá requerir al trabajador su LTR a los efectos de registrarlo e ingresar el C.U. en el sistema. Es un dato de ingreso obligatorio para la finalización de la registración del trabajador.
El Trabajador para obtener su Libreta de Trabajo Rural deberá realizar el trámite de registración en el RENATRE, ante una Delegación, B.E.R o a través de su cuenta del Portal RENATRE.
La LTR permanecerá en poder del trabajador durante la relación laboral, debiendo exhibirla al empleador al inicio de cada relación laboral.

Vigencia:
Desde el 1° de marzo hasta el 31 de agosto del 2018 las LTR papel convivirán con las nuevas LTR credenciales, realizándose su reemplazo de forma progresiva.

Sistema Integral de Prestaciones por desempleo
El subsidio por desempleo contempla, además de la prestación económica, la cobertura médico-asistencial, el cobro de las asignaciones familiares, y capacitaciones que garanticen la reinserción laboral para todos los trabajadores rurales alcanzados por este seguro social. En el RENATRE se podrán gestionar las prestaciones por desempleo del Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo instituidas en la Ley Nº 25.191 para todos los trabajadores rurales desempleados. 

Para más información:  https://portal.renatre.org.ar.