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Resolución CD Nº 30/2010

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 21 de abril de 2010

En la sesión del día de la fecha (Acta N° 1110) el Consejo Directivo aprobó la siguiente resolución:

Resolución C. D. Nº 30/2010

VISTO Y CONSIDERANDO:


a) Las atribuciones de este Consejo Profesional para “Dictar las medidas de todo orden que estime necesarias o convenientes para el mejor ejercicio de las profesiones cuya matrícula controla” (art. 2° inc. f, de la Ley N° 466/00).

b) La ratificación, por Resolución C. D. N° 123/2007, del Acta Acuerdo y el Acta Acuerdo Complementaria de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), suscriptas en San Fernando del Valle de Catamarca. Las actas mencionadas establecen el compromiso por parte de los Consejos Profesionales de cumplir, entre otras cuestiones, con la sanción sin modificaciones de las normas profesionales aprobadas por la Junta de Gobierno de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas

c) La Resolución Técnica N° 24 “Normas profesionales: Aspectos particulares de exposición contable y procedimientos de auditoría para entes cooperativos”, que fue aprobada por Resolución C. D. N° 034/2008 del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con vigencia para ejercicios que se inicien a partir del 1° de enero de 2009, admitiéndose su aplicación anticipada.

d) Que el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), aprobó por Resolución N° 247/2009 la Resolución Técnica N° 24, como norma de aplicación obligatoria para las cooperativas, con vigencia para los ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2009 y posteriormente aprobó la Resolución N° 5254/2009 estableciendo disposiciones transitorias para la aplicación de la Resolución N° 247/2009.

e) La aprobación, por parte de la Junta de Gobierno de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, de su Resolución JG N° 394/2010 “Normas transitorias para la Resolución Técnica N° 24 – Normas profesionales: Aspectos particulares de exposición contable y procedimientos de auditoría para entes cooperativos”, en la reunión realizada el 19 de marzo de 2010, en la ciudad de Iguazú (Provincia de Misiones), en la que este Consejo votó favorablemente.

Por ello,
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL
CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:


Art. 1º.- Aprobar el artículo 1° de la Resolución de Junta de Gobierno N° 394/2010 “Normas transitorias para la Resolución Técnica N° 24 – Normas profesionales: Aspectos particulares de exposición contable y procedimientos de auditoría para entes cooperativos”, propuesta a los Consejos para su sanción, por parte de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, y declararla Norma Contable Profesional de aplicación obligatoria en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

“Artículo 1° - Aprobar las siguientes normas de transición para la aplicación de la Resolución Técnica N° 24:

a. En el primer ejercicio de aplicación, los entes podrán optar por:

1. No presentar la información complementaria exigida en las secciones 4.6.6 (Clasificación de la composición de los resultados) y 4.6.7 (Cuadros seccionales); y/o

2. Si el ente opta por presentar esta información, podrá no presentar la información comparativa del ejercicio anterior correspondiente a la información mencionada;

b. En el segundo ejercicio de aplicación, la información complementaria mencionada en el punto a.1 de este artículo, que se hubiera optado por no presentar, podrá no informarse como información comparativa;

c. Información a presentar: Si el ente aplicara alguna de las opciones admitidas en esta resolución, deberá dejar la debida constancia en la información complementaria.”

Art. 2º.- La Resolución tendrá vigencia para estados contables anuales o períodos intermedios correspondiente a los ejercicios que se inicien a partir del 1° de enero de 2009, admitiéndose su aplicación anticipada.

Art. 3º.- Registrar la presente en el Libro de Resoluciones, publicarla en el Boletín de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y comunicarla a los matriculados por todos los medios de difusión de la Institución y con oficio a los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas de todas las Provincias, a la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, a los Colegios y Asociaciones que agrupen a graduados en Ciencias Económicas, a las Excmas. Cámaras Nacionales de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, en lo Comercial y en lo Civil de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación, a la Inspección General de Justicia, a la Comisión Nacional de Valores, al Banco Central de la República Argentina, a la Superintendencia de Seguros de la Nación, a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, al Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social y demás organismos públicos de control con jurisdicción sobre entes domiciliados en el ámbito de competencia territorial de este Consejo, a la Administración Federal de Ingresos Públicos, a las Facultades de Ciencias Económicas de las Universidades situadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, Cámaras Empresarias, Entidades Financieras y demás instituciones vinculadas al quehacer económico, a la International Federation of Accountants (IFAC), al American Institute of Certified Public Accountants (AICPA), a la Financial Accounting Standard Board (FASB), y al Grupo de Integración Mercosur de Contabilidad, Economía y Administración (GIMCEA).

Art. 4°.- Comuníquese, regístrese y archívese.

Julio Rubén Rotman
Secretario

José Escandell
Presidente

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